Hospitales nacionales cobrarán la atención programada a extranjeros no residentes
El Ministerio de Salud reglamentó el cobro de consultas y estudios habituales, manteniendo la gratuidad y el acceso inmediato ante emergencias médicas.
El Ministerio de Salud de la Nación formalizó el procedimiento para arancelar las prestaciones sanitarias no urgentes a extranjeros no residentes en hospitales administrados por el Estado nacional. La medida, que reglamenta modificaciones a la Ley de Migraciones, establece que las consultas, estudios e intervenciones programadas deberán abonarse por adelantado o ser facturadas a la compañía de seguro de salud del paciente.
El reglamento deja en claro que las emergencias médicas continuarán garantizadas para todas las personas, sin importar su situación migratoria y sin demoras administrativas. Situaciones de riesgo vital inmediato, como paros cardiorrespiratorios, infartos, accidentes cerebrovasculares o urgencias obstétricas y pediátricas, se atenderán sin condicionamientos. La clasificación de la urgencia estará a cargo del profesional médico. Una vez superada la emergencia, las prestaciones subsiguientes serán aranceladas.
Por su parte, los extranjeros con residencia permanente acreditada mediante DNI argentino conservarán el acceso al sistema público de salud en igualdad de condiciones que los ciudadanos nativos.
Para las prestaciones programadas, los pacientes sin cobertura privada deberán abonar el 100% del costo fijado por el nomenclador institucional antes de la práctica. Si el paciente posee seguro, el hospital facturará a la empresa, que dispondrá de 45 días corridos para abonar. Esta iniciativa busca estandarizar el circuito financiero administrativo y asegurar el recupero de gastos.
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