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TUCUMAN

El Gobierno provincial recurrió a la Corte Suprema para frenar el fin de la intervención del IPLA

La Fiscalía de Estado presentó un recurso de casación contra el fallo que ordenaba normalizar el organismo en 60 días. El Ejecutivo sostiene que la Justicia invadió atribuciones de otros poderes.

El conflicto en torno a la administración del Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo (IPLA) sumó un nuevo capítulo en los tribunales locales. El Gobierno de Tucumán, a través de la Fiscalía de Estado que conduce Gilda Pedicone y con el patrocinio de Juan Pablo Stein, presentó un recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia provincial. El objetivo: revertir la sentencia de la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que ordenó terminar con la intervención y conformar su Directorio en un plazo de 60 días.

El planteo oficial cuestiona de raíz la legitimación de los propietarios de locales nocturnos y de entretenimiento que impulsaron el amparo. Para la Provincia, estar inscripto o ser administrado por el ente no otorga un derecho subjetivo ni acredita un daño personal y directo. Además, señalaron una contradicción de los camaristas Sergio Gandur y Ebe López Piossek: exigieron pruebas estrictas para desestimar los reclamos de dinero por multas y clausuras, pero flexibilizaron ese criterio al momento de ordenar cambios institucionales.

La Fiscalía argumentó también que el fallo vulnera la división de poderes al imponer plazos e inmiscuirse en decisiones administrativas de mérito y conveniencia. Recordó que la Ley N.º 7.243 exige el acuerdo de la Legislatura para designar a las autoridades del Directorio, órgano que quedó fuera del juicio.

La sentencia apelada consideraba que los más de 26 años de intervención ininterrumpida desvirtuaron el carácter excepcional fijado por ley. Si bien el gobernador Osvaldo Jaldo había expresado respeto por las resoluciones judiciales, la Provincia decidió agotar las instancias por entender que el fallo sienta un precedente peligroso de «acción popular». Con reserva de caso federal ante la Corte Suprema de la Nación, la definición final quedó en manos del máximo tribunal tucumano.

¿Considerás que el IPLA debe normalizar su directorio definitivo o el Poder Ejecutivo debe mantener la facultad de administrarlo mediante intervención?

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