Sueños Compartidos: condenaron a José López y los hermanos Schoklender y absolvieron a Julio De Vido
El Tribunal Oral Federal N°5 emitió su veredicto en la causa por el desvío de fondos destinados a viviendas sociales, aplicando penas de ejecución condicional e inhabilitación y fijando el decomiso de más de 200 millones de pesos.
Los tribunales federales de Comodoro Py fueron escenario de un veredicto muy esperado en el ámbito político y judicial argentino. El Tribunal Oral Criminal (TOC) N°5 absolvió este lunes al exministro de Planificación Federal Julio de Vido en la causa conocida como Sueños Compartidos, al tiempo que dictó condenas de cumplimiento condicional para el exsecretario de Obras Públicas José López, el exsubsecretario Abel Fatala y los hermanos Sergio y Pablo Schoklender por el desvío de fondos públicos.
La decisión fue adoptada por los jueces Adriana Palliotti, Daniel Obligado y Adrián Grünberg, y se conoció exactamente un día antes de que se cumpliera el plazo considerado por la Fiscalía para la prescripción de la acción penal. Junto a De Vido, también fueron exculpados Carlos Castellano, Daniel Freidin, Daniel Nasif y Karina Nasif.
En el caso de las condenas, López y Fatala recibieron penas de 2 años y 9 meses de prisión condicional e inhabilitación perpetua por ser considerados coautores del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Por su parte, Sergio y Pablo Schoklender —quienes se desempeñaban como apoderados de la Fundación Madres de Plaza de Mayo— fueron sentenciados a 2 años y 8 meses y a 2 años y 4 meses de prisión condicional, respectivamente, bajo la figura de partícipes necesarios.
Las sanciones dispuestas por el tribunal resultaron inferiores a los requerimientos formulados por el fiscal Diego Velasco, quien durante el debate había solicitado penas de seis años de encierro para los principales implicados. Al inicio de la audiencia, los magistrados rechazaron diversos planteos de las defensas vinculados con la nulidad de los alegatos, la prescripción y la vulneración del plazo razonable.
Asimismo, por mayoría, los jueces ordenaron el decomiso de bienes cautelados por un monto de $206.438.454,05, cifra establecida como el perjuicio económico derivado de los fondos que el Estado Nacional había girado para la construcción de viviendas sociales a través de la mencionada fundación. La lectura integral de los fundamentos del fallo quedó programada para el próximo 13 de noviembre.
Años después de aquel programa habitacional que sacudió la agenda pública, ¿considerás que este fallo refleja una respuesta justa de la Justicia o deja un sabor a impunidad en la sociedad?