Cargando cotizaciones...
ACTUALIDAD

Trabajó casi seis años en la informalidad, exigió el blanqueo y la Justicia ordenó pagarle más de $112 millones

El Tribunal del Trabajo N°1 de Necochea condenó a un supermercado por empleo no registrado tras acreditar casi seis años de tareas sin aportes.

Un trabajador que prestó servicios durante casi seis años en condiciones de informalidad obtuvo un fallo favorable en los tribunales laborales, que condenaron a los propietarios de un supermercado a abonarle la suma de $112.336.500, calculada con actualización por inflación más un 3% anual.

El empleado se desempeñó entre junio de 2015 y abril de 2021 realizando tareas de reposición, descarga de mercadería y atención al público sin haber sido registrado en ningún momento de la relación contractual. Frente a esta situación, intimó a sus empleadores para que regularizaran el vínculo, cancelaran haberes y diferencias pendientes y efectuaran los aportes correspondientes. Ante la negativa de la patronal, el trabajador se consideró despedido el 8 de abril de 2021.

El Tribunal del Trabajo N°1 de Necochea tuvo por acreditada la existencia del vínculo laboral extendido a lo largo de 5 años y 10 meses. Para fundamentar la decisión, los jueces valoraron testimonios presenciales y la ausencia de documentación legal respaldatoria por parte del comercio demandado. Asimismo, se comprobó que el demandante percibía $1.500 diarios, cuando su mejor remuneración mensual normal y habitual debía situarse en $53.777,39 según la categoría de convenio.

La liquidación judicial reconoció diferencias salariales, haberes impagos, aguinaldos, vacaciones, indemnización por despido, preaviso y las multas estipuladas para el trabajo no registrado. Aunque el monto histórico original se fijó en $3.321.382,48, la actualización financiera elevó la cifra a $112.336.500 al 26 de agosto de 2026.

La resolución incluyó un punto jurídico trascendente: los magistrados declararon la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.802 sobre reforma laboral, al considerar que perjudicaba los créditos laborales en juicios ya iniciados y vulneraba la igualdad ante la ley, la propiedad y el acceso a la Justicia. En su lugar, aplicaron el esquema del artículo 54 (IPC más 3% anual). La empresa cuenta con un plazo de diez días para abonar la totalidad de la condena.

Frente a la persistencia del empleo no registrado en el sector comercial, ¿considerás que este tipo de sentencias con actualización por IPC frenará la informalidad o terminará acelerando litigios en las pymes?

Etiquetas

Sin etiquetas

Dejar un comentario

Los comentarios son moderados para garantizar el respeto de la comunidad.